La visa E es muy amplia y cubre a muchas individuos incluyendo a aquellos individuos y entidades que buscan hacer una mejor inversión en los Estados Unidos por medio de un negocio nuevo dentro del país, también aquellos individuos o entidades de negocios que buscan tener un trabajador que permanezca en los Estados Unidos por un periodo de tiempo extendido para conducir, manejar o supervisar un comercio considerable entre su compañía/negocio localizada fuera de Estados Unidos y otro dentro de los Estados Unidos.
Existen tres requisitos básicos que debe haber entre un negocio localizado fuera y otro dentro de los Estados Unidos para inicialmente calificar para una visa E. Estos requisitos incluyen:
- Un tratado debe existir entre los Estados Unidos y el país de la entidad del negocio localizada fuera y el empleado que busca una visa E;
- Los propietarios mayoritarios o el control de la inversión o la entidad de comercio deben ser de nacionalidad de alguno de los países reconocidos para el tratado de Estados Unidos; y
- La ciudadanía de los países del tratado debe ser de cada uno de los empleados de la entidad de negocio que busca una visa E bajo el tratado que califica con los Estados Unidos.
E-1 – TRATADOS DE COMERCIO
- Además de los tres requisitos antes mencionados, un individuo que busca el estatus de E-1 Tratado de comercio debe tener el siguiente criterio:
- El negocio debe estar involucrado en una cantidad considerable de comercio principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado;
- El empleado debe servir en un puesto específico tal como:
a. Gerente incluyendo trabajo de supervisión u obligaciones de ejecutivo con otras obligaciones que sean adicionales a la función primordial del empleado; o
b. Aquella con una capacidad menor e incluye habilidades esenciales al éxito de la operación del negocio.
NOTA: Un empleado que es aprobado para una visa de tratado de comercio será admitido por un periodo máximo inicial de dos años. Extensiones de la visa E pueden ser aprobadas en incrementos de hasta dos años cada uno, no hay limite máximo de extensiones. El conyugue y los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al poseedor de la visa E. El conyugue puede trabajar y los hijos pueden asistir a la escuela.